La nueva víctima de las deplorables prácticas en la administración actual, ha sido una profesora de asignatura con definitividad y 23 años de servicio.
Bajo el argumento reiterado de que, por órdenes de la Abogada General de la UAEM, Luz María Zarza, se debía reemplazar a la profesora desde el 31 de enero de este año, y a pesar de que ya tenía grupos asignados, se le impidió laborar a la profesora Ofelia Evangelina Blanco Bello, desde ese momento y hasta el día de hoy ninguno de los responsables le ha notificado su despido por la vía escrita, y todas las veces que ha intentado firmar la lista de asistencia se lo han impedido, por lo que se vio obligada a demandar a la UAEM ante la Junta de Conciliación del Valle de Toluca.
La ilimitada bajeza y dolo por parte de la actual administración, le ha llevado a mentir ante la Junta de Conciliación y arbitraje de Toluca, en donde declaró, según lo relatado por la profesora violentada por la UAEM, que: “resulta improcedente lo reclamado por la actora que consiste en el cumplimiento de su contrato… y como consecuencia de ello su reinstalación, así como el pago de salarios caídos, por carecer de acción y derecho para reclamar lo que pretende en virtud de que la actora jamás ha sido despedida de su trabajo en forma alguna ni de manera justificada ni justificada”, más adelante la UAEM miente cuando señala que fue Ofelia Evangelina quien de manera “voluntaria” se dejó de presentar a laborar.
Aquí lo más relevante de la entrevista con la profesora de asignatura con definitividad y 23 años de servicio, Ofelia Evangelina Blanco Bello.
El proceder “institucional” de la administración Baca en este caso podría meter a la UAEM en camisa de 11 varas, ya que sus acciones en contra de Blanco Bello, se encuentran tipificadas como violencia en la LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, de manera específica en los artículos sobre la violencia laboral y docente:
ARTÍCULO 10.- Violencia Laboral y Docente: Se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.
Puede consistir en un solo evento dañino o en una serie de eventos cuya suma produce el daño. También incluye el acoso o el hostigamiento sexual.
ARTÍCULO 11.- Constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la Víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación y todo tipo de discriminación por condición de género.”
Por lo que Ofelia está considerando acudir al SISTEMA NACIONAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES y para denunciar los abusos de una universidad por la que ella siente un gran cariño y respeto, pero que derivado del abuso del poder de la administración de Alfredo Barrera Baca, ha recibido como “agradecimiento” a sus 23 años de servicio un trato a todas luces inhumano y anti universitario.
Las pifias con Alfredo Barrera Baca ya son el pan de todos los días en la UAEM, pero se van agravando.
La valentía de la profesora para dejar el miedo y ponerse de pie para denunciar el miserable proceder de las autoridades de la Universidad, sin duda servirá de ejemplo a otras trabajadoras que hayan recibido un trato similar o peor de una administración tan desaseada y torpe.