TOLUCA, MÉXICO, 19 de diciembre de 2018
CARTA PÚBLICA
DR. ALFREDO BARRERA BACA
RECTOR
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO
P R E S E N T E
Señor Rector, le saludo con respeto y le escribo esta carta en mi calidad de Profesora de Asignatura, adscrita a la Facultad de Arquitectura y Diseño y a la Facultad de Artes, de nuestra Máxima Casa de Estudios, para solicitarle una aclaración con respecto a un comunicado que recibí esta mañana, vía whatsapp, por parte de la Subdirectora Administrativa de la Facultad de Artes, Lic. Alhelí Vázquez, mismo que transcribo a continuación:
Comunidad Universitaria
Queremos comunicarles que está garantizado el pago de las prestaciones de fin de año al personal docente y administrativo.
El pago del aguinaldo será cubierto en los próximos días con toda seguridad, ya que la Secretaría de Educación Pública ha reconocido la necesidad de otorgar un subsidio extraordinario para que la Universidad Autónoma del Estado de México cumpla con sus obligaciones patronales. Y, a su vez, la SEP respalda nuestras gestiones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tendientes a obtener esos recursos.
Confiamos en que los recursos federales estarán a nuestra disposición lo antes posible, lo cual nos permitirá realizar de inmediato el depósito correspondiente conforme a las prestaciones de ley y los contratos colectivos de trabajo.
Agradecemos la comprensión, solidaridad y cariño de todos los que formamos parte de esta noble institución.
PATRIA, CIENCIA Y TRABAJO
Expongo algunas dudas acerca de puntos específicos del comunicado, cuyo esclarecimiento lo considero mi derecho como trabajadora de nuestra institución:
1. ¿Quién firma este comunicado? El comunicado está redactado en primera persona del plural: “nosotros” ¿a quiénes alude?, ¿es la voz de qué personas o de qué instancia de nuestra institución?, ¿Secretaría de Rectoría?, ¿autoridades universitarias?, ¿Consejo Universitario?, ¿Quiénes?
2. ¿Por qué tiene que responder la Secretaría de Educación Pública con un subsidio extraordinario por esa prestación?, ¿Qué ocurrió este año con esa partida presupuestal, como para necesitar un recurso federal, que se califica, en este comunicado, de extraordinario?
3. Cito: “Y, a su vez, la SEP respalda nuestras gestiones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tendientes a obtener esos recursos.” Le pregunto: ¿la gestión está en proceso?, pues el verbo “respalda” está en presente perfecto. Le pregunto: ¿cómo es que está garantizado el pago de las prestaciones de fin de año al personal docente y administrativo —tal como se marca al principio del comunicado— si se trata de gestiones “tendientes” hacia la obtención del recurso?
4. El grupo anónimo de personas que redactó este encriptado comunicado, expresa su confianza en que los recursos federales estarán a su disposición lo antes posible, y menciona que será posible depositarlos. El grupo anónimo de personas que redactó este comunicado agradece la comprensión, la solidaridad y el cariño de la Comunidad Universitaria. Y yo le pregunto a Usted, Señor Rector: ¿Considera que la comunidad universitaria puede aceptar, comprender, solidarizarse con un grupo anónimo de personas que redactan un comunicado donde aparentemente se garantiza, pero que en el fondo se coloca en entredicho, el pago de aguinaldos, mismo que constituye un derecho constitucional irreductible de todo trabajador?
A continuación transcribo el ARTÍCULO 14 de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario de la Federación, Secretaría de Gobernación, disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4842830&fecha=30/12/1983
ARTÍCULO 14.- Los trabajadores tendrán derecho a recibir por concepto de aguinaldo, cuando hayan prestado un año completo de servicios, el equivalente a cuarenta días del último salario percibido en el año, por lo menos. El aguinaldo deberá ser cubierto antes del día 10 de diciembre de cada año.
Finalmente, transcribo la CLÁUSULA No. 43 del CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, 2017-2018, Federación de Asociaciones Autónomas del Personal Académico de la Universidad Autónoma del Estado de México, p. 37
Disponible en: https://www.faapauaem.mx/contrato.html
PAGO DE AGUINALDO CLÁUSULA No. 43. El monto del aguinaldo que corresponda a cada uno de los integrantes del personal académico, será equivalente a 60 días de salario y no será objeto de deducción alguna. El aguinaldo se cubrirá, la mitad a más tardar el día 15 de diciembre y la otra mitad, dentro de los cinco días hábiles inmediatos al ingreso del periodo de vacaciones de invierno. Esta prestación se pagará tomando como base el último salario fijado, salvo que en el transcurso del año hubiese tenido asignado un salario superior, en cuyo caso, el pago se le hará en forma proporcional.
Considero que la institución es noble, efectivamente, pero lo es gracias a sus estudiantes, a sus trabajadores y a su personal docente. En mi calidad de trabajadora universitaria, yo no puedo aceptar que esta prestación de ley, que corresponde a todos los trabajadores, por derecho constitucional, dependa de un grupo anónimo de personas que redactan mal, un comunicado confuso, enviado por whatsapp. Considero que ofende nuestra inteligencia.
Finalmente, le expreso mi pesar por esta circunstancia, y espero las respuestas a todas las preguntas contenidas en esta misiva.
MTRA. EN ESTUDIOS VISUALES ANEL MENDOZA PRIETO
PROFESORA DE ASIGNATURA
FACULTAD DE ARQUITECTURA Y DISEÑO
FACULTAD DE ARTES
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO
Es bien sabido que los rectires 3 ÚLTIMOS rectores de la UAEM se h an caracterizado por su FALTA DE TRANSPARENCIA. Y SU CINISMO. COMO SERVIDORES PÚBLICOS
Mis respetos a la maestra Anel que tuvo el valor para poner en su lugar al rector: no como el resto que nos quedamos callados!