La LX Legislatura mexiquense aprobó por unanimidad, como integrante del Constituyente Permanente, las minutas remitidas por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para elevar a rango constitucional el derecho de las personas a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, así como para que el Estado promueva el desarrollo integral e inclusivo de las personas jóvenes.
La reforma a los artículos 4, 73, 115 y 122 de Carta Magna, en materia de movilidad y seguridad vial, que reconocen estos aspectos como un derecho humano de tercera generación, representan un paso para mejorar las condiciones de quienes enfrentan la mala calidad del transporte público y la incertidumbre al caminar, andar en bicicleta o transitar por carreteras.
También facultan al Congreso de la Unión a expedir la Ley General en Materia de Movilidad y Seguridad Vial y amplía la facultad de los municipios para formular, aprobar y administrar la zonificación y programas de desarrollo urbano, a fin de atender los planes en materia de movilidad y seguridad vial.
Por otra parte, la reforma a los artículos 4 y 73 de la Constitución Política del país señala que el Estado promoverá el desarrollo integral de las personas jóvenes, a través de políticas públicas con enfoque multidisciplinario, que propicien su inclusión en el ámbito político, social, económico y cultural.
Además, señala que el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley General en materia de Personas Jóvenes, en el plazo de un año a partir de la publicación del decreto, y que las Legislaturas locales realizarán las adecuaciones normativas necesarias dentro de los 180 días siguientes a la expedición de dicha ley.