Comunicado de la UAEM respecto a la aplicación del ISR en el pago del aguinaldo de servidores públicos universitarios.
COMUNICADO
En cumplimiento con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, referente a su aplicación en el pago del Aguinaldo de los Servidores Públicos Universitarios se informa lo siguiente:
La Ley del ISR en su Artículo 93 Fracción XIV, indica que las gratificaciones anuales que reciben los trabajadores estarán exentas hasta el equivalente a 30 días de salario mínimo:
Artículo 93. Ingresos exentos.
XIV. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.
Asimismo, mediante oficio con fecha 25 de octubre de los actuales, el Órgano Interno de Control ha señalado que debe observarse lo establecido en este artículo 93 de la citada Ley.
ATENTAMENTE
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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