A fin de proteger el derecho de las y los menores y adolescentes a un desarrollo integral de su personalidad, e impedir que sus padres o tutores legales los obliguen a contraer matrimonio siendo menores de edad, el diputado sin partido Rigoberto Vargas Cervantes propuso establecer en el Código Civil que la edad para contraer matrimonio sea de 18 años.
En sesión deliberante, el legislador precisó que, para el cumplimiento de esta limitante, no procede la invocación de los usos y costumbres a los que tienen derecho los pueblos y comunidades indígenas, por lo que prevalecerá el interés superior de la niñez, para quienes las autoridades estatales y municipales deberán garantizar su sano desarrollo físico, mental, psicológico y emocional.
Para el proponente, el hecho de que las niñas o niños sean obligados a casarse antes de los 18 años, representa la vulneración de sus derechos humanos y trastoca su desarrollo integral así como la negación del derecho de elegir, con un consentimiento libre y pleno, sin coerción o miedo, con quién casarse y en qué momento hacerlo y las expone a quedar embarazadas antes de que sus cuerpos maduren, lo cual en un alto porcentaje de menores tiene como consecuencia el riesgo de muerte de la madre y/o del bebé.
La propuesta fue remitida a dictamen de las comisiones de Atención a Grupos Vulnerables y Especial de los Derechos de las Niñas, Niños, Adolescentes y la Primera Infancia.