El Anteproyecto de la Ley de la UAEMéx, contiene avances que deben reconocerse. Incorpora un lenguaje más cercano al marco constitucional contemporáneo, habla de derechos humanos, igualdad sustantiva, no discriminación, libertad académica, bienestar universitario, salud mental, ciencia abierta, inteligencia artificial, transparencia y responsabilidad institucional. Al mismo tiempo invita a una discusión importantísima sobre la elección de la Rectoría mediante voto de la comunidad universitaria y sobre la actualización del marco normativo interno.
Derivado de lo anterior la comunidad universitaria debe tener presente que ahora es el momento para analizar la propuesta y detectar sus zonas grises, para que el resultado final no quede reducido a una Ley de buenas intenciones.
Este punto es fundamental porque la UAEMéx no está frente a una Ley ya aprobada, sino ante un anteproyecto sujeto a revisión. Eso significa que todavía existe margen para observar, discutir, corregir y fortalecer su contenido. La etapa de consulta no debería verse como un trámite formal, sino como una oportunidad real para que estudiantes, personal académico y personal administrativo, participen en una discusión que puede definir el rumbo institucional durante los próximos años.
Una ley puede sonar progresista y, al mismo tiempo, conservar mecanismos de control que pongan en riesgo derechos humanos. Puede invocar la libertad académica y de expresión, pero también puede incluir artículos que sean puerta abierta para permitir sanciones contra voces críticas. Puede ostentarse como demócrata, pero contener fórmulas que hagan que unos votos pesen más que otros. Por ello conviene analizar el anteproyecto reconociendo por un lado que su lenguaje avanza, pero buscando también sus zonas de riesgo. En este texto se realiza énfasis en lo segundo porque el momento es el adecuado para realizarlo.
Uno de los primeros focos rojos se encuentra en la responsabilidad universitaria basada en principios y valores, ya que tal como está redactado el anteproyecto, no puede decirse que describa con precisión las conductas concretas derivadas del incumplimiento de dichos principios y valores, como sucede, por ejemplo, con el artículo 23.
El análisis de estos riesgos no debe entenderse como una descalificación automática al Anteproyecto. Por el contrario, una comunidad universitaria que revisa críticamente su Ley demuestra que toma en serio su autonomía. Una reforma de esta magnitud no se fortalece con silencio ni con aprobación apresurada, sino con participación informada, observaciones puntuales y debate público sobre los artículos que pueden generar dudas en su aplicación.
El anteproyecto lo más que hace es vincular algunos valores con categorías generales de faltas. Lo que puede generar un problema de legalidad sancionadora, porque más adelante en el artículo 148 incluso se reconoce que “las conductas de las faltas graves serán especificadas en el Estatuto Universitario y la normatividad universitaria”. Esa remisión es delicada porque, si bien es cierto que una ley permite desarrollo reglamentario correspondiente, no debería dejar completamente a normas secundarias la definición sustantiva de conductas graves que pueden producir sanciones.
En consecuencia, me parece que los principios y valores deben orientar la vida universitaria, no convertirse en fórmulas abiertas de potencial sancionador que termine lesionando aquello que busca proteger. Tal como sucedió en el caso del académico Fermín Carreño Meléndez, durante la administración del Humanismo que Transforma, que dejó claro cómo una expresión crítica sobre asuntos universitarios puede ser tratada como una afectación al “prestigio institucional”. En consecuencia, el mensaje para la comunidad fue claro y preocupante: se puede participar, pero no cuestionar demasiado, ni opinar con libertad.
Este caso resulta relevante en el contexto actual ya que Carreño Meléndez, sancionado por expresar que las decisiones de la Universidad se tomaban en Lerdo, ahora preside el Consejo Consultivo para la Reforma a la Ley de la UAEMéx. Lo que debería obligar a un doble cuidado en la conformación de la nueva Ley, para garantizar que se blinde a la comunidad universitaria contra situaciones similares a las que él experimentó.
Ante la redacción del artículo 23, resulta indispensable incorporar una cláusula clara contra represalias, porque nadie debería ser sancionado por emitir su opinión, denunciar irregularidades, cuestionar procesos de sucesión, criticar autoridades, publicar investigaciones periodísticas o participar en protestas pacíficas. Si hay violencia, amenazas, acoso, discriminación o daño, deben investigarse y sancionarse. Pero la crítica, por sí misma, no puede ser tratada como falta universitaria.
Por eso es importante que quienes integran la comunidad universitaria participen en la consulta y no dejen esta discusión sólo en manos de autoridades, comisiones o grupos especializados. Cada sector conoce problemas distintos de la vida universitaria. El alumnado conoce las condiciones reales de estudio, becas, movilidad, participación y representación. El personal académico conoce los riesgos sobre libertad de cátedra, investigación y crítica institucional. El personal administrativo conoce desde dentro la operación cotidiana, los trámites, los controles, los archivos, los recursos y las decisiones que sostienen a la Universidad. Si esos sectores no participan, la futura Ley puede quedar incompleta desde su origen.
La consulta puede revisarse y atenderse en el sitio habilitado por la Universidad: https://consultareformaley.uaemex.mx/
Este es el momento para leer el anteproyecto, identificar sus avances, señalar sus zonas grises y proponer ajustes concretos. Una Ley universitaria democrática no se construye únicamente con buenos principios, sino con reglas claras, garantías efectivas y participación real de quienes viven todos los días la Universidad.
En la siguiente entrega se abordará uno de los puntos más sensibles del anteproyecto: la libertad de expresión dentro de la Universidad y el riesgo de que principios o valores redactados de forma ambigua puedan utilizarse para iniciar procedimientos contra voces críticas.
























































