¿ABUSOS O COMPLEMENTOS DE EVALUACIÓN PROFESIONAL EN LA UAEM? PARTE 2
Toluca, México, 09 de Septiembre 2014
Por: Redacción
En la primera parte de la presente investigación periodística, Prensa Universitaria dio cuenta de que el procedimiento por el cual se expiden algunas constancias es una simple pantalla para llevar a cabo otros procedimientos, que no están avalados por la legislación vigente y/o son contrarios al Reglamento de Evaluación Profesional y no tienen nada que ver con el proceso de titulación.
Además, surgen interrogantes acerca del cumplimiento de la Legislación por parte de las autoridades de la Universidad. Es así que Prensa Universitaria trató de obtener la constancia de no adeudo de la Dirección de Control Escolar (DCE) de la UAEM, constancia que piden como requisito para el proceso de titulación.
En dicha dirección argumentan que no pueden expedir ninguna constancia con copias de los documentos oficiales (aunque después el propio director de Control Escolar se contradijo), y exigen al egresado la documentación original.
No obstante, Prensa Universitaria tiene copia de una “Constancia de no adeudo” de dicha dirección, en el que se lee lo siguiente:
“En tal sentido, no tiene ningún adeudo documental con relación a su trayectoria académica en la Universidad Autónoma del Estado de México, ya que obran en los archivos de Control Escolar lo siguientes documentos: Certificado de preparatoria, licenciatura y servicio social”.
Entonces ¿Para qué piden al egresado los documentos originales si ya los tienen en “su archivo de control escolar”? (además, la pequeña constancia tiene el módico precio de $100.00 M.N.). Parece que dicha interrogante quedará abierta, ya que nadie proporcionó una explicación coherente. En la ventanilla de la DCE, la encargada que negó expedir la constancia, aportó una valiosa lección acerca de la legislación y la autonomía de la UAEM:
Prensa Universitaria (PU): “Algo que es básico en los Reglamentos, es que se debe cumplir lo que está escrito, no lo que no está escrito, como autoridad”.
Encargada de la ventanilla de la DCE: “No pero también tú estás pidiendo algo, pero dentro de la Ley nos dice, que si no está escrito, pero acuérdate que nosotros somos Universidad Autónoma del Estado de México, somos autónomos, y podemos tener reglamentos, sean escritos o no sean escritos, y dentro de la ley nos los permite llevarlos a cabo (inaudible)” (sic).
Lo anterior puede ser una llamada de atención en la capacitación de los administrativos que laboran en la DCE, en especial a los que están en contacto con los estudiantes, ya que pueden hacer uso de los “Reglamentos No Escritos” en los trámites que a diario los universitarios realizan en la DCE.
Pero el problema no queda ahí. Así, al dialogar con el Director de la DCE, damos cuenta de que al expedir la constancia de no adeudo (de documentos) por parte de la Dirección de Control Escolar, es en realidad un procedimiento para comprobar que el alumno no haya incurrido en alguna falta o irregularidad, como tratar de engañar a las autoridades de la Universidad. ¿Es en serio? Preguntarán algunos, pues sí, según las mismas autoridades.
En entrevista con el Mtro. Juan Carlos Matadamas (JCM), Director de Control Escolar de la UAEM, refiere lo siguiente acerca del porqué la DCE requiere de los documentos originales.
JCM: “Lo que sucede muchas veces es que por ideas incorrectas que tiene la gente nos alteran o nos falsifican el nombre; por ejemplo, si ya alguien fue alumno con Gómez como apellido, y quiere volver a ingresar a la misma carrera, pues una forma de intentar lograr un lugar es poner Gómez con S, entonces es la misma persona pero yo tengo dos nombres registrados, y como se hace en dos momentos, cada área en su momento no checa esa parte, debería de checarlo pero no lo checa. Entonces, nosotros hemos encontrado que con mucha frecuencia estos tres documentos no tienen coincidencia, o en el nombre, o en el número de cuenta, y esa es la razón por la cual yo les vuelvo a pedir los documentos, es cierto yo los tengo, pero yo como DCE ahorita no tengo la forma de garantizar que en las distintas etapas de generación de los documentos se cotejaron esos datos”
Surgen las interrogantes ¿Es constancia de no adeudo documental a la Dirección de Control Escolar de la UAEM? o ¿Debería llamarse “Constancia de no Falsificación de datos personales”? Ese último nombre es más acorde a la explicación que las autoridades de la UAEM dan acerca de la “Constancia”.
Además, sugerimos que se apoyen con la CURP de los estudiantes (que es la Clave Única de Registro de Población), con ello la DCE podrá combatir eficazmente a los “estudiantes falsificadores de nombres” que sólo quieren aprovecharse de la Universidad.
Al final, el Mtro. Matadamas, comentó lo siguiente, acerca de la exigencia de llevar los documentos originales para emitir la constancia:
JCM: “No, pero aquí no te pedimos los originales, aquí podemos trabajar con copias”.
PU: “Entiendo que con las copias que yo traigo el día de hoy, ¿me pueden expedir la constancia?”
JCM: “Pues yo creo que te pueden prestar los originales de tu escuela, pero si no tienes tiempo, te recibo las copias como una excepción en ésta ocasión, yo lo que no quiero es que se vaya a pensar que esto es general, esto es porque tú no hiciste las cosas con el orden que está establecido”
Esto a pesar que segundos antes comentó que “aquí podemos trabajar con copias”. Además, el Mtro. Matadamas hacía referencia a “Procedimientos establecidos u orden establecido” por los cuales el egresado debe solicitar la constancia, procedimientos que el Director de Control Escolar claramente desconocía.
Con lo anterior hacemos la comparación ¿El “Procedimiento Establecido” que hacía referencia el Director de Control Escolar de la UAEM, y que a la vez desconocía, es como los «Reglamentos no escritos» que hacía referencia la encargada de la ventanilla de la Dirección de Control escolar?
Al final, en la práctica, el supuesto trámite de cotejo en este y en otro caso, en el que sí se presentaron los documentos originales, llevó pocos minutos, y no se cotejaron los documentos con ningún archivo digitalizado de la Dirección de Control Escolar…. Así cada uno, después de ver y escuchar el video, puede llegar a sus propias conclusiones…….