La Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó la propuesta del diputado Luis Antonio Guadarrama Sánchez para suprimir de la fracción II del artículo 4.224 del Código Penal del Estado de México, el supuesto de que, al incumplirse las obligaciones alimentarias por más de dos meses, puede comprometerse “la salud, la seguridad o la moralidad de los menores aun cuando esos hechos no constituyan delito”.
Lo anterior con el propósito de anteponer, en la elaboración de la ley y su aplicación, el interés superior de la niñez y por considerar que tal supuesto “es contrario al interés superior del menor y a los deberes constitucionales a cargo de los ascendentes, tutores y custodios establecidos en el artículo 4° Constitucional”.